La pura realidad es que cada día aprendemos algo de
lo que vemos, sentimos o escuchamos y por supuesto leemos , aunque dicen los
expertos que de esto último, sólo nos queda el diez por cien de lo que
ejercitamos.
En
el momento que vamos a vivir de nuevo los españoles de turno o al menos los que
decidan ejercer sus derechos, me llama la atención la disfunción semántica que
se produce entre los términos de inhabilidades e incompatibilidades, aunque
como siempre depende del sentido con que se diga o simplemente la
situación en que se produzca.
Lo
que resulta bien claro es que no es lo mismo ser que parecer, y con estos
términos ocurre un poco lo mismo, hay una gran diferencia entre la inhabilidad
y la incompatibilidad y además es extensible a muchos aspectos de la vida desde
el amor al dolor, pasando por el ser y el estar, por no mencionar el esperar, simplemente por vocación o dedicación.
La
inquietud en la gran diferencia entre ambos términos, la marca el tiempo en el
que se sitúan estos términos y un poco en la integridad con la que nos
enfrentamos a ellos.
Dicen
los expertos jurídicos, como siempre según su leal y buen entender, salvo mejor
fundamento basado en derecho que las inhabilidades son situaciones de hecho
previo a la elección que impiden a la persona postularse validamente para
ostentar una situación , ejercicio o profesión, por decir un algo mientras que
las incompatibilidades son situaciones de hecho coetáneas al desarrollo de un
aspecto , cualidad o en su caso ejercicio de una actuación, generalizando de
una forma simple e intentando que ambos términos nos sirvan para cualquier caso
o situación.
Las
incompatibilidades como concepto comina a la persona a la incapacidad de hacer, desempeñar o realizar determinados
actos, incluso trabajos sin embargo la inhabilidad es un estado previo a la
incompatibilidad que determina que la persona no es hábil para el desarrollo de
lo que se propone.
Resulta
chocante como todos incluso pensando muy diferente nos damos cuenta de cuantas
personas inhábiles e incompatibles estamos rodeados.
La
voluntad también diferencia a estos términos en cuanto la incompatibilidad
otorga la posibilidad a renunciar a seguir actuando, viviendo, o simplemente
trabajando con el fin bien de dar una legalidad a la situación o
simplemente liberarse de algo con lo que
no comulgamos. Cosa que no sucede con la inhabilidad, porque una vez una
persona se encuentre inhabilitada o se un inhábil no tiene ninguna alternativa
para superar tal situación, toda vez que no depende de su voluntad.
Les animo a planteárselo, yo ya lo he hecho
y he llegado a convencerme de cuan equivocados
estamos muchas veces con los términos con los que convivimos.
Ferrán Aparicio
10 de Junio de 2016